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¿Celadores del siglo XXI?

4 de Noviembre del 2023 - Mirta González (Castropol)

La lectura del Estatuto de Personal no Sanitario aprobado en 1971, donde se regulan las funciones del celador, nos habla de un profesional de sexo masculino, por aquel entonces todos los celadores eran hombres, con unas funciones en su mayoría no asistenciales; vigilancia de las instalaciones y accesos, de traslado de mobiliario y documentación..., también establece algunas funciones de carácter asistencial, tareas de ayuda y colaboración con el personal sanitario en la movilización y traslado de los pacientes. Ahora bien, estas tareas asistenciales las limita la norma a casos excepcionales relacionados con los pacientes masculinos y a aquellas otras funciones «cuya realización por el personal femenino no sean idóneas o decorosas por dificultad de manejo o peso...».

Vemos así al celador como un profesional que para el desarrollo de sus funciones no necesita una formación específica ya que para las tareas encomendadas solo es necesario seguir las indicaciones del personal sanitario y poseer una determinada fuerza física, que a los hombres se les supone.

Han pasado ya más de 50 años desde la aprobación de la norma y esta aún sigue vigente, a pesar de que en el año 2003 el Estatuto Marco del Personal Estatutario estableció la regulación y actualización de la misma.

El celador del siglo XXI es un profesional que realiza principalmente tareas asistenciales, que forma parte integrante del equipo sanitario y que desarrolla sus tareas, de forma autónoma, en colaboración con el personal sanitario.

El acceso a la condición de celador en ningún caso establece que el aspirante deba ser de sexo masculino, ni que deba medir al menos 1,70 metros, ni que tenga que ser capaz de levantar al menos 50 kilos de peso, ya que el desarrollo del trabajo del celador no se basa en la fuerza, sino en el conocimiento, entre otras cosas, de técnicas de movilización y del correcto uso de los principios básicos de la ergonomía, los cuales evitan tanto lesiones en el trabajador como el agravamiento de lesiones en los pacientes.

Si los celadores de este siglo realizan funciones de carácter sanitario, en contacto directo con los pacientes, movilizándolos, trasladándolos... en estrecho contacto con ellos, ¿por qué las administraciones siguen sin actualizar la categoría a las funciones realmente desarrolladas?

La correcta formación de los profesionales es no solo un derecho para los propios trabajadores, sino que lo es también para los usuarios del sistema, que de una u otra forma somos todos.

Por eso, si los celadores realizan funciones adaptadas a la sanidad del siglo XXI, pedimos a las administraciones el reconocimiento de la condición de personal sanitario, así como una formación acorde a las funciones desempeñadas.

¡Formación Profesional de Grado Medio para los celadores, ya!

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