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Homenaje a una madre

20 de Marzo del 2024 - Jesús Carmelo Bernabéu Baeza (Torreagüera (Murcia))

Doña Agripina Trashorras Gómez falleció el 7 de diciembre de 2015 enferma de cáncer. Desde el año 2004 estuvo luchando por la inocencia de su hijo, José Emilio Suárez Trashorras, condenado como autor en concepto de cooperador necesario en el juicio por los atentados del 11M.

Nuestros caminos se cruzaron en mayo de 2013. Todavía recuerdo nuestra reunión en una cafetería de Oviedo el 26 de febrero de 2014. Un día después, me entrevisté con D. Julio Bobes García, médico psiquiatra y catedrático de Psiquiatría de la Universidad de Oviedo, quien el 20 de julio de 2005 por razones periciales reconoció a Trashorras en el Centro Penitenciario de Madrid-2 y, del mismo modo, participó en la pericial psiquiátrica que se llevó a cabo en el juicio sobre su enfermedad mental.

En el año 1996 ya se le había diagnosticado la enfermedad mental, lo que motivó que fuera declarado “no apto” para el servicio militar. D. José Luis Morán Junquera, médico psiquiatra de la Seguridad Social, trató a Trashorras desde septiembre de 1997 hasta diciembre de 2003. Sus informes fueron aportados en el tribunal médico que en mayo de 2003 le concedió la incapacidad permanente y absoluta. Este médico psiquiatra, en su observación a lo largo de todos aquellos años, dictaminó en el diagnóstico que padecía un trastorno de personalidad doble esquizoide y antisocial, un trastorno esquizo-afectivo bipolar y unos trastornos psicóticos, esto a última hora, en el último año que lo trató (2003). Unos trastornos psicóticos inducidos por el consumo de múltiples y diversas sustancias y drogas. Con esas características la capacidad volitiva y cognitiva no la tenía. Tenía la capacidad totalmente anulada cuando presentaba cuadros psicóticos con delirios de persecución y afecciones auditivas (esquizofrenia paranoide).

El catedrático de Psiquiatría D. Julio Bobes García coincidió plenamente con el diagnóstico del médico psiquiatra de la Seguridad Social. Además, estudió los documentos administrativos médico-legales que obraban en la historia clínica de Trashorras, los cuales indicaban claramente que previo a los hechos (refiriéndose a los atentados) se trataba de un enfermo mental grave, un enfermo psicótico permanente.

En los tres años que trabajó en mina Conchita (1999-2002), la Inspección médica de Avilés le reconoció cuatro incapacidades laborales: la primera y tercera por una psicosis esquizo-afectiva, y la segunda y cuarta por una esquizofrenia paranoide. La tercera de esas incapacidades duró diez meses (2001). La cuarta y última, ocho meses, desde el 19 de agosto de 2002 hasta el 22 de abril de 2003. Un mes más tarde, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales le concedió la incapacidad permanente y absoluta en base a las enfermedades que se aportaron. Sin embargo, en los Hechos Probados de la sentencia se afirma que cinco meses después José Emilio Suárez Trashorras acordó con Jamal Ahmidan el suministro de dinamita Goma 2-ECO de mina Conchita, concertando para ello dos reuniones que se celebraron, la primera, el 28 de octubre de 2003 y, la segunda, a mediados de noviembre. Además, el envío a principios de enero de 2004 de una pequeña parte de esos explosivos a través de emisarios o transportistas a petición del propio Trashorras.

Este enfermo mental grave no pudo tener acceso a los explosivos porque no tenía el carné de artillero, y tan solo trabajó como ayudante minero en los pocos meses que no permaneció de baja. Los Hechos Probados consideraron necesaria la connivencia de algún minero para sustraer la dinamita y, finalmente, quienes fueron procesados por este motivo resultaron todos absueltos.

D. Gerardo Turiel de Castro, catedrático de Derecho Romano de la Universidad de Oviedo, fue el abogado que defendió a Trashorras en el juicio por aquella masacre. Admirado como profesional y persona, calificó esta sentencia como una aberración jurídica. Los elementos probatorios sobre la inocencia de Trashorras son tan contundentes que, tras la muerte de Turiel de Castro (15 de enero de 2008), entró en escena Francisco Miranda Velasco, condenado por delitos de narcotráfico como uno de los suministradores de barcos a los narco-transportistas gallegos en la época de Laureano Oubiña. Este coincidió con Trashorras en la prisión de Mansilla de las Mulas (León) y tras licenciarse en Derecho Penal y Penitenciario por la UNED se convirtió en su principal apoyo, convenciendo a este y a sus padres para que se hicieran con los servicios del abogado Carlos Orbañanos, que les tramitó el recurso en Estrasburgo (2011), dando un giro completo a la estrategia que había seguido en el juicio Turiel de Castro, para dar así carpetazo a la vía judicial.

El encargado del control y vigilancia en mina Conchita, D. Emilio Llano Álvarez, pasó 22 meses en prisión preventiva acusado de falsear los libros y facilitar la sustracción de los explosivos. Finalmente, el propio fallo de la sentencia dictada por la Audiencia Nacional resolvió su absolución, contradiciendo lo afirmado en los Hechos Probados. Cuando este ya se había reincorporado a su puesto de trabajo, la noche del martes 2 de noviembre de 2010, fallecía en el Hospital Central de Oviedo a consecuencia de un cáncer a la edad de 50 años. Todos los amigos presentes en el acto fúnebre coincidieron al señalar que la tragedia a la que se vio sometida la familia tras los atentados del 11M pudo ser determinante en el origen de la enfermedad oncológica que acabó con su vida.

Mi desempeño como policía desde el año 2000 y tras una investigación sobre lo acontecido en aquellos atentados que ha durado diez años, coincido plenamente con la opinión de D. Gerardo Turiel de Castro. Lo último que me quedaba por hacer era redactar esta carta en homenaje a una buena madre que justo antes de morir se preguntó si este policía seguiría luchando por esclarecer la verdad.

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