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Caída en un colegio electoral

8 de Marzo del 2024 - Beatriz Cueto Rodríguez (Noreña)

Mi nombre es Beatriz Cueto Rodríguez, el día 10 de noviembre de 2019 fui designada por la Junta Electoral de Zona de Siero como vocal de la Mesa 2A del colegio electoral de Noreña. Al salir a comer, sobre las 15.30 de ese día, sufrí una caída al resbalar en el suelo de las instalaciones donde se situaba dicho colegio electoral. Fue un día lluvioso, y el suelo estaba encharcado como consecuencia del tránsito de la gente que se acercaba a votar y por la caída de un paragüero que se produjo poco antes de que yo resbalase. No había puesto ningún cartel que advirtiera de la acumulación de agua, ni tampoco había personal de limpieza que se encargara de mantener las instalaciones en unas condiciones adecuadas. A pesar de la caída, volví a sentarme en la mesa hasta el final de la jornada electoral. Al día siguiente, y dado que sufría de fuertes dolores en mi brazo derecho, acudí a mi médico de cabecera, que me recetó analgésicos y me dio un volante preferente para acudir al servicio de Traumatología del HUCA. Después de esperar varios meses a la cita del HUCA, se comprobó que tenía dos tendones rotos y que dicha rotura era fruto de la caída. El Ayuntamiento de Noreña y la Delegación del Gobierno me informaron de la existencia de un seguro suscrito con una compañía que, presuntamente, cubriría las consecuencias del accidente. Después de mucho indagar pude comprobar que ese seguro solo cubría los accidentes que pudiera sufrir el personal funcionario que se encontraba representando a la Junta Electoral en el colegio, y no los accidentes que podíamos sufrir las personas a las que se nos obliga por imperativo legal a acudir para la celebración y recuento de las votaciones. Puse mi caso en manos de un abogado, que presentó una reclamación de responsabilidad patrimonial contra las tres administraciones que en principio podrían tener vinculación con el proceso electoral: la Administración del Estado -pues se trataba de unas elecciones generales -, la Administración autonómica -ya que el colegio electoral se hallaba situado en un centro educativo -y la Administración local -teórica propietaria de las instalaciones-. Tanto la Administración del Estado como la autonómica contestaron a la reclamación declarándose incompetentes para analizar el caso. El Ayuntamiento de Noreña contestó mediante silencio administrativo, es decir, no se pronunció sobre la pertinencia o no de mi reclamación. Al no haber contestado esta última, mi abogado presentó demanda contencioso-administrativa contra el Ayuntamiento, reclamando una indemnización por las lesiones sufridas en la caída y sus secuelas. Quiero dejar claro, una vez más, que no había señalización alguna que acotase el charco que se formó por la caída del paragüero que antes mencioné. Tampoco la iluminación de las instalaciones era la óptima, por tratarse de un día oscuro de lluvia y por haberse producido la caída en una zona donde no hay ventanas por las que entre la luz natural. El resultado del juicio dirimido mediante sentencia del pasado 29 de febrero establece que la culpa de la caída fue exclusivamente mía y que el Ayuntamiento no debe indemnizarme, a pesar de que se reconoce la existencia de la caída, la relación entre la misma y las lesiones sufridas, y que incluso el informe pericial encargado por el Ayuntamiento confirma las lesiones que sufrí. Creo que cuando se obliga a los ciudadanos a ejercer como miembro de una mesa electoral deberíamos estar amparados cuando se produce un accidente como el que me sucedió a mí. No es de recibo estar dando vueltas varios años de un lado para otro y que nadie se haga responsable. Quiero dejar constancia de esta historia para que cualquier persona que se vea obligada a acudir como miembro de una mesa electoral a unas elecciones sea consciente de los riesgos a los que se enfrenta y de la posibilidad de quedar desamparado cuando esos riesgos se traducen en un hecho como el que describo. Nunca volveré a tener la misma movilidad que tenía antes de la caída y, a pesar de todo, si me vuelven a llamar para ir a una mesa electoral no me quedará más remedio que acudir, salvo que la Junta Electoral de Zona aprecie que mi actual estado físico es incompatible con dichas funciones.

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