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Reducción de la jornada laboral

16 de Julio del 2024 - Enrique López Felipe (Zaragoza)

Es notorio el empeño de la titular del Ministerio de Trabajo y Economía Social en reducir, sin merma de la retribución, la duración de la jornada laboral fijada, actualmente, en el Estatuto de los Trabajadores en un máximo de 40 horas semanales. La propuesta oficial es la de rebajarla a 37,5 horas semanales.

Seguidamente, se apuntan tres razones por las que considero inoportuna esta medida:

i) el factor trabajo es un imput a efectos del proceso productivo que está sometido a la ley del mercado, es decir, que un mayor precio (salario) debiera redundar en una menor demanda (empleo); si tenemos en cuenta que, según Eurostat, la tasa de paro en mayo se situó en el 11,7%, la reducción de la jornada laboral pudiera incrementar la mayor lacra socio-económica del país.

ii) en la formación de los precios de bienes y servicios un componente fundamental es el coste de la mano de obra utilizada para su producción; por tanto, su encarecimiento debiera tener repercusión en los precios finales a pagar por los consumidores; considerando que un problema económico actual de primera magnitud es la inflación, con un incremento del IPC desde final de 2020 hasta el pasado junio de un 19,1% a tenor de lo publicado por el INE, la reducción de la jornada laboral podría entorpecer la lucha por la estabilidad de precios.

iii) uno de males sociales más denostados, con contundencia por la clase política “progresista”, es la desigualdad, sobre todo si es acentuada, y en nuestro país, si nos atenemos al coeficiente de Gini, esta circunstancia está muy presente; una reducción generalizada de la jornada laboral, sin afectar a la remuneración, es beneficiosa para todos los asalariados, puesto que incrementa el valor monetario de la hora trabajada, pero lo es en menor grado para los peor pagados que, en su gran mayoría, ya proceden de un entorno social modesto.

Con total seguridad, a los argumentos apuntados se pueden hacer fundadas críticas y oponer consecuencias beneficiosas que derivarían de la implantación de la medida. En todo caso, recalco que mi oposición se apoya en su inoportunidad temporal, por el alto desempleo, inflación y desigualdad salarial del momento, y no en que sea de una lesividad económica absoluta.

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