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Libertad religiosa en España

1 de Agosto del 2024 - José Luis López Tamargo (Oviedo)

España es un país contemporáneo democrático, aunque un país de hondas raíces cristianas tradicionales, que han configurado el país e incluso muchas formas de conciencia nacional que se traducen en el arte, los monumentos, las fiestas, la mentalidad popular y tradicionales sentimientos. El catolicismo romano ha sido preponderante a lo largo de la historia, para bien y para mal, pero negar su huella en la mentalidad mayoritaria española es suicida, lo mismo que negar que la lucha por la libertad de conciencia individual en España ha sido ímproba, heroica y dotada de un significado especial, precisamente por el absoluto monopolio de la coacción religiosa católica en todos los órdenes de la vida. Hasta las constituciones de 1869, de inspiración democrática, y la de 1876, de inspiración más de notables y liberalismo doctrinario, no se reconoció la libertad de cultos en España, que no la libertad religiosa, concepto de amplio calado público, proyección constitucionalista democrática y sentido pluralista normalizado. Los principios que informan la cuestión religiosa en España son la libertad religiosa, la aconfesionalidad enunciada y proclamada, que no una laicidad al puro estilo francés, la no discriminación religiosa y la cooperación del Estado y las confesiones religiosas. La libertad religiosa está reconocida por el propio concilio Vaticano II en su declaración “Dignitatis Humanae” y en nuestra Constitución en el artículo 16.1, así como en todos los pactos, tratados, acuerdos y declaraciones de derechos humanos, que constituyen derecho interno español, a través del artículo 10.1 de la norma suprema. Aconfesionalidad supone que ninguna confesión, religión o nomenclatura religiosa gozará de titularidad representativa estatal oficial, en España no hay religión oficial de ningún tipo según el ordenamiento vigente. Dicho esto, todo queda muy matizado por el artículo 16.3, en el que se especifica que, a pesar del carácter no estatal de ninguna religión en España, “se mantendrán relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones”. Pues los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española, tema que exige prospección sociológica a día de hoy, porque el abandono practicante y visible de la pretendida religión católica mayoritaria es muy notorio, así como la presencia entre nosotros de todo tipo de asociaciones religiosas espirituales o de difusión de creencias más o menos esotéricas. En España hay reformados evangélicos luteranos, testigos de Jehová, mormones, judíos, musulmanes, budistas, hindúes, sincréticos no adscritos, etc. La libertad religiosa está regulada orgánicamente en la ley 5/80, de 5 julio, y está estrechamente vinculada a la libertad educativa, a la libertad en el libre desarrollo de la personalidad, a la libre creación de centros educativos y al mismo sentido de un sociedad pluralista, con vigencia plena de los derechos humanos, siendo un derecho de la persona en un sentido universal, no un derecho nacional. Es patente la vinculación de la idea de España con cierta visión covadonguista del nacionalcatolicismo, de la obra de España como Imperio católico y el arraigo sentido familiar del catolicismo en muchos sectores, como forma de fe y socialización constitutiva. Pero la realidad es que, concordatos con la Santa Sede aparte, nuestro Estado, los poderes públicos y sus representantes no deberían estar nunca bajo palio eclesiástico ni sentirse vinculados, en ningún modo, a los mandatos de una confesión particular, por mucho poder simbólico, histórico, social, educativo y económico que tenga. El acudir siempre a los mismos actos religiosos debe ser libre y voluntario y es, desde luego, algo que no es representativo de una sociedad pluralista, democrática y aconfesional, donde la Iglesia católica sigue teniendo relaciones privilegiadas con el poder y es muy preferida a otras realidades religiosas, por su carácter histórico y tradicional. Eso no obsta para decir también que el acoso y desprecio a la Iglesia católica en su mejor cara, la de la solidaridad activa, la de formación en valores, la de la ayuda y profetismo evangélicos es manifiesto y está a la orden del día, al identificar su mensaje solo con arzobispos ultraconservadores, atraso y casos muy feos de abusos e historias de represión. Nuestra sociedad es plural, contemporánea y democrática, nada como ciudadanos nos vincula a un inveterado confesionalismo estatal, también se debe proteger a todas las minorías, a los judíos, librepensadores, a los budistas, a los ateos, a los ataráxicos y yoguis, rastafaris, etc. Libertad de pensamiento e ideológica, libertad religiosa total, con lo que implica de celebraciones, ritos y manifestaciones abiertamente públicas sin catacumbas, así como libertad individual coherente y meditada, para acudir o no a celebraciones religiosas, en calidad de cargos públicos o representantes políticos de una sociedad democrática actual, aconfesional y pluralista, que no lo demanda, siendo el laicismo algo claramente ideológico y tampoco mayoritario en su modalidad beligerante.

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