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Sanidad asturiana versus Jefatura Provincial de Tráfico

22 de Febrero del 2009 - José Ramón Castaño Fernández (Oviedo)

En diciembre de 2008 recibo notificación de la delegación de la Agencia Tributaria en la que me comunican «providencia de apremio» por la cantidad de 372 euros. Puesto en contacto con ellos me remiten a la Jefatura de Tráfico, comunicándome éstos que se debe a una sanción impuesta por la Policía Municipal de Cudillero por estacionamiento en casco urbano y cuya cuantía ascendía en principio a 90 euros, pero que debido a la no identificación del titular del vehículo la sanción se incrementa hasta alcanzar los 372 euros. Solicito hablar con la jefa de negociado, comentándole que nunca tuve conocimiento de esa sanción. Sí es cierto que estacioné la moto al lado de unos contenedores verdes de basura, pero la moto no tenía boletín de denuncia en ningún sitio, ni a mí me había llegado ninguna notificación de la misma, y no había ningún problema en abonar la sanción, pero no el incremento hasta 372 euros, la responsable de Tráfico me responde que a ella tampoco le parece justo pero que por ahora la ley está así y que el motivo de no dejar notificación escrita por parte del agente es debido a que la puede llevar el viento o mojarse por la lluvia, habiéndolo comunicado a un domicilio que ya no era el mío, en horario de mañana y sin dejar nunca un justificante de correo o escrito del mismo. Ella lo entiende y me propone interponer «recurso de alzada» al jefe de Tráfico. Dicho recurso es contestado por don Ignacio Campomanes en tiempo, que no en forma, ya que sólo se leen artículos y dígitos, los cuales ignoro, pero esta vez si viene a mi dirección correcta, lo que no deja de ser anecdótico, ya que todas las comunicaciones anteriores se envían a otra dirección.

En base a lo anterior y como trabajador del HUCA, hago las siguientes comparaciones: en mi profesión escuchamos, dialogamos y, en consecuencia, decidimos; no contestamos con tecnicismos que los pacientes no puedan entender.

Estamos sujetos a responsabilidad jurídica y quejas en atención al paciente, ellos no.

En primera instancia estaría indicada la prevención, a la vez que la educación, antes que la sanción pura y dura sistemáticamente.

La comunicación escrita debe ser fluida y fácilmente entendible, no encriptada y a través de números y artículos. Tampoco «hacemos caja», sino que distribuimos los recursos con la población atendida; ni llevamos porcentajes, más bien recibimos testimonios de agradecimiento. Nos suelen puntuar con notable alto, a otros ni se los puntúa. Somos asequibles y abiertos al diálogo, otros actúan como autómatas conforme al código. Para nosotros los sentimientos cuentan, el sufrimiento lo compartimos, otros actúan al estilo «Ice-man». Si se nos requiere, damos la cara y las explicaciones oportunas, otros sólo dan su número de identificación.

Notificamos una y mil veces si se precisa, otros lo notifican por escrito, en el BOE (¿cuántos lo leen?) y posteriormente sancionan con el quíntuplo, como es el caso. Procuramos que la información se produzca en horario asequible laboralmente, ellos informan de forma escrita, por las mañanas, en horario laboral (qué interés habrá en no encontrarnos nunca en el domicilio).

Ante una mala praxis vamos a los Juzgados, declaramos ante el juez, el cual decide, y nosotros lo acatamos, a ellos se les presume siempre la veracidad, produciéndose en el resto de los mortales desamparo constitucional, debido a que todos los ciudadanos deberíamos ser iguales ante la ley...

Así podríamos enunciar un larguísimo etcétera, e incluir la mayoría de las profesiones, que, a su vez, se verían agraviadas comparativamente, pienso que algo debería cambiar en este país, porque todos no gozamos de los mismos privilegios.

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