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Menosprecio a la propiedad privada

10 de Febrero del 2011 - Víctor Torre Caso (Niserias-Mier (Peñamellera Alta))

Por medio del presente tengo a bien poner en conocimiento del público en general a través de LA NUEVA ESPAÑA los hechos acaecidos en la construcción de la Depuradora de Aguas Residuales en la localidad de Niserias, Peñamellera Alta, (ADER) por parte de la Junta de Saneamiento de la Consejeroia de Medio Ambiente del Principado de Asturias.-

Cronología de los hechos:

1º conocimiento: En el B.O. del Principado con fecha 19/08/2009 se publica la relación de propietarios afectados en las obras del Proyecto de Infraestructuras Sanitarias de los núcleos de Trescares , Niserias y Mier ( Peñamellera Alta) . Exp- 2009-H-13.- Dentro de éste listado no aparezco como propietario y en el Ayuntamiento se me da copia del proyecto en el que aparece que la (ADER) se construirá a 11 ml de mi vivienda.-(Parece que la relación de propietarios sale del catastro y desde Casa Julián hasta la Molinuca, la margen derecha de la carretera aparece como terreno del Ayuntamiento de Peñamellera Alta.-El 09/10/2009 señalan el lugar de la construcción con estacas de madera exactamente a 11,50 m de la vivienda, las cuales de inmediato procedo a tirar al río .-

Me entero de la fecha del levantamiento de actas en el Ayuntamiento el 22 de octubre , me persono , presento titulo de propiedad a mi nombre desde el año 1961 y registrado por los anteriores dueños hacia mas de 50 años, se admite mi presencia y se reclama la propiedad, en el mismo escrito se manifiesta que es inviable la ejecución por el trazado que está en proyecto.-

Con fecha 17/11/2009, se publica en el periódico LA NUEVA ESPAÑA el inicio de las obras y ya se dice que era paralelo a la carretera , se recibe con fecha 12/12/2009, carta de alternativas a la propiedad que no son satisfactorias principalmente en cuanto a la ubicación de la (ADER), se hacen la preceptiva reclamación con fecha 28/12/25009.-

El 23/12/2009, se recibe notificación para el pago de deposito previo, notificando para su ejecución el 19/01/2010. En este momento se comunica telefónica con Doña Patricia Vejado del Servicio de expropiaciones, no poder comparecer en Gijón el día señalado.-

El 19/02/2010 Se recibe carta de haber sido consignado el deposito previo en Hacienda y el 24/02/2010 se remite nuevo recurso.-En éste medio de tiempo se insta reiteradamente por teléfono a la administración que vengan a ver el lugar que la ADER se puede hacer más abajo incluso con un mayor servicio de viviendas, que cabe al final de la finca, después de mucho insistir, hacen una visita a Niserias, pero yo creo que con muy poca o nula voluntad de cambio, puesto que por ,mas que se insiste que vean el terreno hasta el final, los técnicos no se acercan y se empecinan en decir que no cabe.-

El 30/03/2010 Remiten nuevo informe técnico a las alegaciones en el cual se admiten alguna pero la EDAR se sigue construyendo dentro de la plazoleta, a lo que sigo oponiéndome remitiendo los consiguientes recursos.-

El 15/06/2010 Se me comunica la modificación de las superficies a expropiar definitivamente dándome un plazo de 10 días para alegaciones.-

Con fecha 05/07/2010 se recibe notificación señalando fecha y hora de la ocupación de los terrenos, me opongo, se levanta acta, sale en la prensa y el propio Director Facultativo de las Obras manifiesta que técnicamente actúan por mandato no por sentimientos, ¿Qué se quieren decir con esa expresión que este bien o mal son los que llevan razón?.-

El procedimiento sigue en el Tribunal se autoriza por éste la entrada, se ocupa forzosamente y se están ejecutando las obras.-

Hasta aquí los hechos.- Yo como propietario, siempre dije:

1. Que cedo el paso gratuito por mi finca, siempre que la instalación se haga fuera de la propiedad ( que es posible) al mismo tiempo que haría quíntuples servicios, Niserias, La Xiana, La Candaliega, Santo Tomás y Aliso, (además de poder en su momento incluir el pueblo de Llonin, todas sin saneamiento general alguno0, como se expusieron en todas las alegaciones.-

2. En caso extremo cedo 200 metros al final de la finca al Este y no a 12 metros de distancia de la vivienda donde se inicia el proyecto ( hoy lo separan más de la vivienda pero no lo hacen al final) tienen que entender que por muy bien que se haga ( que no lo dudo) es una depuradora de residuos y todos sabemos lo que esa palabra significa en las viviendas, pero siempre con las siguientes condiciones:

a) Que la instalación quede aislada de la finca.-

b) Que los servicios de la misma sean por la carretera al Norte o Este de la edificación y que no se invada ningún otro terreno, útil para otros usos.-

c) Que para la cesión de éste terreno es imprescindible el abono (no el reconocimiento) de la devaluación en el conjunto de todos los terrenos que afecta, incluyendo vivienda y edificios.-

d) Esta valoración debe ser hecha por perito competente para que se ajuste al justiprecio real, como debe ser en todos los casos de terrenos privados, pero en ésta expropiación se señala un deposito previo y a trabajar, es decir se emplea la ley del mas fuerte o la razón de la fuerza.-

La Administración como ejecutora de la obra actúa:

1. Puede que con la Ley, puesto que esta le autoriza con avenencia o sin ella a ocupar terrenos ajenos en ciertos casos (aún por la fuerza sin ninguna contemplación), pero hay que tener en cuenta que en la obra que nos ocupa sí hay otras alternativas, como ya se expusieron en su momento, dando la callada por respuesta y siguiendo adelante, ni se tiene en cuenta tampoco que aparte de los beneficios que puede reportar la obra, se multiplican los perjuicios en un numero incalculable. Se benefician dos y se perjudican otros dos.-

2. Por éste Organismo parece que no se tiene en cuenta ninguno de mis alegaciones expuestas en todas y cada una de las notificaciones que se me hicieron llegar ( téngase en cuenta que conteste a todas las notificaciones ¿ pero para qué se me hacen si luego no se me escucha? ¿ Se ve claramente que es por mandato de la Ley y cumplen la norma y tiene la vía libre para decir que no estoy indefenso, claro optan no por la fuerza de la Razón, sinò por la razón d e la fuerza o lo que es peor La ley del mas fuerte.- Hay que hacer la obra y parece que no se tiene en cuenta para nada el daño.-

3. Por parte del Gobierno regional no se tiene en cuenta en ningún momento que se hace la infraestructura en una zona inundable como se demostró por distintos videos de crecidas del río, sin ir mas lejos , dos en el año 2010.-

4. Esta visto que la Administración , aprueba una obra, la declara de utilidad publica y por éste mero hecho, se pasan todos los tramites que aun particular le son necesarios para cualquier tipo de obra, como es por ejemplo, licencia municipal, licencia de actividad molesta, autorizaciones sectoriales , de Confederación, etc.

En cuanto a la actuación del Ayuntamiento, administración ésta más cercana al ciudadano, tengo que decir:

Yo como propietario la primera noticia que tengo de la obra es por el anuncio de la expropiación. Al no aparecer como propietario en el Ayuntamiento se me informa y da copia del proyecto en el cual observo que la ADER se hace a 11 metros de mi vivienda en mitad de la plazoleta. La administración Municipal por consiguiente tiene conocimiento de ello y por tanto alguien lo habrá pedido.-

Hago todas mis alegaciones a los requerimientos y la administración sigue en sus trece de hacer la depuradora en la finca, todo el mundo lo sabe, particulares, amigos, conocidos, vecinos y preguntan por el tema, puesto que se comenta, por parte del ayuntamiento nada se dice y por la señora alcaldesa se manifiesta que ella nada sabe. No quiero bajo ningún concepto pensar que sea intencionado, pero, el día del levantamiento de actas, en el Ayuntamiento no está el Sra. Alcaldesa, delega sus funciones en el Teniendo de Alcalde, ese día me opongo, intento telefónicamente ponerme en contacto con ella en otro momento del procedimiento y no esta ese día tampoco y por tercera vez el día de la ocupación forzosa por parte de administración, llamo y se me dice que esta de viaje ,fueron tres ocasiones señaladas y no me fue posible contactar, me pongo en contacto con un concejal, creo que a finales del mes de agosto y ahora si me llama la señora alcaldesa, tenemos una reunión, aquí se nos dice primero que ella nada sabe del tema que es la primera sorprendida de la aprobación del proyecto, pero que a partir de ya, intervendrá en lo que este de su mano, pero significando siempre que el Ayuntamiento poco o nada puede hacer en el tema. Tengo que manifestar firmemente, que yo no estoy en contra de hacer la obra como dije en todo momento, creo que es necesaria, pero que no la hagan en mi finca que tanto me perjudican.-

En éste momento , seguimos en los tramites, sé que el ayuntamiento también hizo sus llamadas y gestiones todo ello sin fruto alguno , señalando fecha para la ocupación forzosa y en éste momento fecha 03/01/2011, es cuando el Ayuntamiento manda escrito a la Junta de Saneamiento al respecto, en base a construirse en una zona inundable y prohibida en el Planeamiento Urbanístico Municipal, yo creo que es tardía la actuación del Ayuntamiento y por tanto por ser tarde, no beneficia mis alegaciones, puesto que está ya todo, maquinado y no hay vuelta atrás , no quiero pensar que en ello existiera ninguna otra causa que la no intervención municipal en la ejecución del proyecto.-

Actuación de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico-

Por este Organismo, a través de repetidos escritos poniendo en su conocimiento la construcción de un EDAR en zona inundable del Rio Cares en el sitio de Niserias, nunca se contesto a ninguno de ellos, ni puso objeción alguna, a pesar de haberse acompañado escrito del Ayuntamiento de Peñamellera Alta, en el que manifiesta que la zona es de alto riesgo e inundable, habiéndose así mismo puesto en conocimiento dichas actuaciones de la Guardia Civil de Seprona de Panes, por entender es el organismo encargado de la vigilancia de Medio Ambiente.-¿Es tan permisiva Confederación con los particulares cuando quieren hacer una obra cerca de los ríos? Al menos conmigo no, llevo esperando respuesta a una solicitud hace mas de quince años, para mi vivienda en Niserias.-

Por último, me queda pensar, soy un ciudadano español, de 87 años, viví otros tiempos, pero desde luego siempre respeté y fui respetado, cuando me pidieron algún terreno para hacer obras publicas en cualquier pueblo que mi familia tiene propiedades, nunca puso objeción alguna, sin ir mas lejos ahora en la misma obra que nos ocupa, en el pueblo de Trescares, discurre por cinco fincas de mi familia, no pasa nada, pero en el caso Niserias, me siento ninguneado, maltratado (no siempre todo el mundo actuó correctamente, llegando incluso a la amenaza de la fuerza pública, a mi esposa y a mí) , avasallado y por supuesto en ningún momento se tuvo en cuenta mi intimidad, todo el mundo, entró, salio, puso estacas, hizo marcas, pinto y yo el último mono , sin saber nada, (claro esa propiedad no era mía), deben ser los tiempos que discurren y que yo no me acostumbro, verdaderamente lo estoy pasando mal por la impotencia que siento, deberían haber esperado a culminar la obra una vez que no esté, pues tengan en cuenta que no viviré otros 87 años y no habría pasado por éste mal momento que tanto me esta perjudicando en mi salud.-

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