Entre la polémica vecinal y el olvido de los derechos fundamentales
El traslado provisional del Albergue Covadonga al barrio gijonés de El Natahoyo ha desatado una fuerte polémica social y política. A las declaraciones del Ayuntamiento, que prometen integración y temporalidad, se oponen las asociaciones vecinales, que denuncian la falta de transparencia, diálogo y riesgo de conflictos. Pero en medio de esta confrontación, hay una voz que sigue sin ser escuchada: la de las propias personas usuarias del albergue.
El debate se ha planteado como una pugna entre la Administración pública -a través de los Servicios Sociales- y la comunidad vecinal afectada. Sin embargo, el verdadero núcleo del problema trasciende esa dicotomía: hablamos de personas en exclusión, titulares de derechos fundamentales reconocidos por la Constitución Española y los tratados internacionales.
El artículo 10 de la Constitución consagra la dignidad de la persona como fundamento del orden político, y el artículo 9.2 impone a los poderes públicos el deber de remover los obstáculos que impidan su ejercicio real y efectivo. Sin embargo, las decisiones se han tomado sin participación alguna de quienes son directamente afectados. Los usuarios del albergue -personas sin hogar, muchas con trayectorias marcadas por la vulnerabilidad- no han sido consultados ni informados. Una vez más, se decide sobre ellos y no con ellos.
Desde la perspectiva del Trabajo Social y del Derecho Social, esta omisión es especialmente grave. La ley de Servicios Sociales del Principado de Asturias (ley 7/2023) reconoce el derecho a participar en las decisiones que les afecten, y el artículo 23 de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE protege la autonomía y la participación activa. No puede hablarse de inclusión cuando los propios destinatarios son excluidos del proceso.
El conflicto no es solo urbanístico o vecinal; refleja cómo la gestión de la pobreza sigue abordándose desde una lógica asistencialista y no desde un enfoque de derechos. Las personas sin hogar son tratadas como un problema a reubicar, no como ciudadanos con voz y dignidad.
Si el Ayuntamiento quiere que este traslado suponga una "regeneración del entorno", deberá empezar por garantizar la participación efectiva de los usuarios, abriendo espacios de diálogo reales y reconociendo su condición de sujetos de derechos. Solo así podrá hablarse de una actuación coherente con los principios constitucionales y con la ética pública que debe guiar toda política social en un Estado de Derecho.
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