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No existe la propiedad

18 de Marzo del 2011 - Victor Torre Caso (Peñamellera Alta)

Por medio del presente tengo a bien poner en conocimiento del público en general a través de los lectores del periódico LA NUEVA ESPAÑA de los hechos acaecidos en la construcción de la Depuradora de Aguas Residuales en la localidad de Niserias, Peamellera Alta, (ADER) por parte de la Junta de Saneamiento de la Consejeria de Medio Ambiente del Principado de Asturias.-

Cronología de los hechos:

1º conocimiento: En el B.O. del Principado con fecha 19/08/2009 se publica la relación de propietarios afectados en las obras del Proyecto de Infraestructuras Sanitarias de los núcleos de Trescares , Niserias y Mier ( Peamellera Alta) . Exp- 2009-H-13.- Dentro de éste listado no aparezco como propietario y en el Ayuntamiento se me da copia del proyecto en el que aparece que la (ADER) se construirá a 11 ml de mi vivienda.-

Me entero de la fecha del levantamiento de actas en el Ayuntamiento el 22 de octubre , me persono , presento titulo de propiedad a mi nombre desde el año 1961 y registrado por los anteriores dueños hacia mas de 50 años, se admite mi presencia y se reclama la propiedad, en el mismo escrito se manifiesta que es inviable la ejecución por el trazado que está en proyecto.-

Con fecha 17/11/2009, se publica en el periódico LA NUEVA ESPAÑA el inicio de las obras, Se reciben notificaciones con fechas, 23/12/2009, 19/02/2010, 30/03/2010 , 15/06/2010 , 05/07/2010 contestándose a todas hasta el momento de la ocupación de los terrenos, me opongo, se levanta acta, sale en la prensa y el propio Director Facultativo de las Obras manifiesta que técnicamente actúan por mandato no por sentimientos, ¿Qué se quieren decir con esa expresión que este bien o mal son los que llevan razón?.-

El procedimiento sigue en el Tribunal se autoriza por éste la entrada, se ocupa forzosamente y se están ejecutando las obras.-

Yo como propietario, siempre dije:

1. Que cedo el paso gratuito por mi finca, siempre que la instalación se haga fuera de la propiedad ( que es posible) al mismo tiempo que haría quíntuples servicios, Niserias, La Xiana, La Candaliega, Santo Tomás y Aliso, (además de poder en su momento incluir el pueblo de Llonin, todas sin saneamiento general alguno, como se expusieron en todas las alegaciones.-

2. En caso extremo cedo 200 metros al final de la finca al Este y no a 12 metros de distancia de la vivienda donde se inicia el proyecto ( hoy lo separan más de la vivienda pero no lo hacen al final) tienen que entender que es una depuradora de residuos y todos sabemos lo que esa palabra significa , pero siempre con las siguientes condiciones:

a) Que la instalación quede aislada de la finca.-

b) Que los servicios de la misma sean por la carretera al Norte o Este de la edificación y que no se invada ningún otro terreno, útil para otros usos.-

c) Que para la cesión de éste terreno es imprescindible el abono (no el reconocimiento) de la devaluación en el conjunto de todos los terrenos que afecta, incluyendo vivienda y edificios.-

d) Esta valoración debe ser hecha por perito competente para que se ajuste al justiprecio real, como debe ser en todos los casos de terrenos privados, pero en ésta expropiación se señala un deposito previo y a trabajar, es decir se emplea la ley del mas fuerte o la razón de la fuerza.-

La Administración como ejecutora de la obra actúa:

Puede que con la Ley, pero no se tiene en cuenta ninguno de las alegaciones expuestas en todas y cada una de las notificaciones que se me hicieron llegar ¿ pero para qué se me notifica , si luego no se me escucha? Se ve claramente que es por mandato de la Ley y cumplen la norma para tener vía libre para decir que no estoy indefenso, claro optan no por la fuerza de la razón, sino por la razón de la fuerza o lo que es peor La ley del mas fuerte.- Esta visto que la Administración, aprueba una obra, la declara de utilidad publica y por éste mero hecho, adelante pese a quien pese.-

Tanto la Administración y creo yo como el Ayuntamiento , que fue quien pidió la obra aunque ahora diga que no sabe nada, durante la tramitación (mucho tiempo) se empecinan en hacer el enclave de la misma en finca privada , desestimando todas las alegaciones y vías de salida , no obteniendo respuesta ni motivación de ninguna de ellas, premeditadamente optan por invadir todo lo que les vino en gana y con la fuerza publica de respaldo, no tienen en cuenta que en otro lugar podría haber hecho más servicio, y que en el caso actual, se favorecen dos con el perjuicio inminente de otros dos ¿ donde están las ventajas? Para mí en ninguna parte, no teniéndose en cuenta el coste , todo ello se resume en aceptar la opción del Principado con el visto bueno de la administración municipal, puesto que la vecina mas cercana a mi propiedad es la propia alcaldesa y a sabiendas que es terreno particular lo cual vio desde que ella reside en Niserias y por tanto tiene su punto de malicia desde la solicitud de la obra, no pudiendo aducir ignorancia, puesto que ella posee una cultura más que media, si hubiera sido algo beneficioso ya ofrecerían los terrenos de su familia que también los tienen, pero. Es también cierto y conocido por todos los pescadores de la zona desde toda la vida , que la plazoleta se utiliza para otros menesteres de mi industria y que es mi residencia habitual donde a partir de la instalación de la ear se convertirá en algunas ocasiones en un estercolero humano, en mi perjuicio, todo ello me hace pensar que a partir de acreditarse la propiedad todos los tramites se hacen con premeditación y según mi entender, con altanería y aplicando la Ley del mas fuerte.-

A la vista de los acontecimientos me encuentro en el deber además de material, moral de hacer saber a la sociedad para que se valoren determinadas actuaciones en beneficio de unas personas y en perjuicio de otras.-

Nunca fui reacio a que se hagan obras en beneficio de todos (justificable) y en ésta , Trescares, Mier, Niserias debo significar que en Trescares accedí gratuitamente al cambio de tubería por mi finca no afectada, pues entendí que era un proyecto mal hecho. En Mier cedí terrenos gratis para deposito de materiales y en ésta de Niserias , cedía el paso gratis igualmente , siempre que la depuradora se instalara fuera de la propiedad ; pero aquí creo que se excedieron hasta el punto de mear fuera del orinal y contra viento y marea lo instalan a la puerta de mi casa y para que todo el mundo vea que lo que digo es verdad se acompaña croquis desarrollado por la propia administración en la que aparece perfectamente , terrenos, vivienda, etc.

Repito se le daba paso gratis, pero no el terreno ( este me es necesario a mi) para el acceso de todo el entorno de la finca.-

Como conclusión tengo que pensar que todos los escritos y notificaciones, derivan de un punto, que al intentar defender mis intereses no encontraron de momento el camino de alfonbras, como hubieran deseado, para luego salir resonantes en publicaciones y fotografias y por tanto termina con cierta saña, tanto es así , que aparte del perjuicio que ocasionan, no tienen la minima dignidad de ubicarlo al extremo de la finca y paliar en algo el desaguisado,veo a lo largo del proceso, que a nadie le importan los perjuicios que recaigan sobre un terreno y vengo sacando en consecuencia , que con hacer un deposito previo (el que sea y donde sea) le da derecho a la administración a hacer y deshacer , ocupar, desahuciar, etc y a partir de aquí, habrá que hacerles la venia para poder entrar en casa, pues quedo sin comunicación al exterior ya que una zona esta delimitada con el río y la restante deja de ser propiedad privada por estar afecta a la obra por el paso de tuberías.

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