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Copagodependencia, el más dependiente es el que la paga

21 de Marzo del 2011 - María Teresa Suárez Menéndez (Oviedo)

Voy a relatar mi experiencia con la ley de la Dependencia, o mejor dicho la historia de mi madre. Mi madre es gran dependiente, esto es, grado III nivel II. A su vez es usuaria de una residencia del ERA desde 2008. Por este motivo le afecta el nuevo decreto que regula el copago, ya que hasta ahora tenía un régimen transitorio donde pagaba el 75% de sus ingresos (se calcula la suma de los ingresos de los dos cónyuges y a la mitad de esa cantidad le aplican el 75%).

Cuando le concedieron la dependencia, mi madre ya era usuaria de la residencia pública, con lo cual siguió pagando ese 75% sin que ese grado máximo de dependencia variase su situación. Aquí entramos en ese régimen transitorio hasta que saliese el famoso decreto del copago. Entiendo que como usuarios de residencia pública los máximos dependientes no tengan acceso a prestaciones económicas como pueden percibir aquellos que en sus casas necesiten contratar personal especializado, el cual ya lo tienen en la residencia. En mi ignorancia pensé que ese grado máximo de dependencia iría a suplir el 25% restante del precio de la residencia y así no generar deuda, ya que si no, ustedes me dirán en qué le afecta a mi madre ser máxima dependiente. Pues nada más lejos de la realidad.

Les diré en qué le afecta a mi madre ser máxima dependiente: por un lado en ese período de 2008 hasta la entrada en vigor del decreto del copago, en enero de 2011, tiene acumulada la deuda por ese 25% restante hasta el precio de la plaza de residencia. Por otro lado a partir de esta fecha el precio del coste de la plaza residencial ya no es único, sino que va en función del grado de dependencia, de tal manera que a los grandes dependientes, nivel III, les cuesta 1.400; a los de nivel II, 1.300, y los de nivel I, 1.241. Eso sí, nunca pagan más del 90% que en el caso de los 1.400 quedan en 1.260. O sea que encima de tener el grado máximo te penalizan.

Y eso que la ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia dice en su artículo 4:

«Las personas en situación de dependencia tendrán derecho, con independencia del lugar del territorio del Estado español donde residan, a acceder, en condiciones de igualdad, a las prestaciones y servicios previstos en esta ley».

Yo les preguntaría a nuestros políticos, especialmente a los de IU, que van de defensores a ultranza de las políticas sociales, ¿es solidario penalizar a los máximos dependientes? ¿No sería más justo un precio único, ya que los grandes dependientes ya tienen la desgracia de no ser válidos como ustedes les llaman? ¿Es justo que por tener el grado III ustedes les hayan subido el coste de la residencia, cuando su pensión es la misma? ¿Me pueden explicar en el caso de mi madre qué ha aportado ser máximo dependiente?

Si es verdad que en un principio la ley de dependencia fue acogida con ilusión por nuestros dependientes, ya que al fin se les reconocían sus derechos, al fin se sentían como los demás, a la misma altura, pero al final ustedes se han encargado de volver a dejarles claro que son diferentes, que fue una vaga ilusión. No negaré que han sido hábiles, han lanzado el caramelo de la dependencia, para dejarnos peor que estábamos. Es como si te dan una subvención para comprar un ordenador y resulta que te lo vende el mismo que te da la subvención y al mismo tiempo sube el precio de venta.

Ah, y un consejo a los lectores, si por desgracia tienen que ir a que les valoren a ustedes o a sus familiares la dependencia, díganle al equipo de valoración que por favor no les den el grado III, porque lo único que les supondrá es tener que deshacerse del patrimonio familiar para hacer frente al pago de una plaza residencial, hasta ahí llega el afán recaudatorio de quienes se enorgullecen de sus políticas sociales.

Teresa Suárez.

Oviedo

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