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Indignación en Ribadeo contra el maltrato a un perro

27 de Septiembre del 2011 - Miguel Cancio (Santiago de Compostela)

Como saben que intervengo en diversos medios de comunicación me han llamado a Santiago de Compostela (Galicia-España) donde vivo y trabajo, varias personas de la bella villa de Ribadeo (Lugo-Galicia-España). El que suscribe es natural de Vegadeo (Asturias) y que esta a 8 kilómetros de Ribadeo.

Me han llamado ribadenses muy indignados por lo que está pasando con el reiterado maltrato de un perro pequeñito y de corta edad.

Esto es lo que me han contado: en la zona de Las Cuatro Calles de Ribadeo un indigente viene maltratando de mala manera a dicho perrito hasta el punto de romperle una pata. Por ello, varias personas de Ribadeo (del orden de 20) dieron cuenta de este maltrato a la policía municipal, por lo cual el perro le fue retirado al indigente y entregado al veterinario que lo trató. Al mismo tiempo, y como este caso ha trascendido en la zona, la Protectora de Animales de Navia (villa del occidente asturiano) se persono e intento comprarle el perro al indigente y este no quiso venderlo.

El caso es que el perro se le devuelve al indigente y este le vuelve a pegar, por lo que varios ciudadanos de Ribadeo vuelven a dar cuenta a la policía local de los maltratos al perrito. Entonces, les dicen que para proceder, para poder hacer algo en defensa del perro, debería de haber una denuncia en debida forma. La representante de la Protectora de Animales de Navia volvió a intentar que el indigente le vendiese el perro y este, de nuevo, no quiso venderlo.

Una persona de Ribadeo presentó una denuncia pero resulta que, a pesar de que siguen los maltratos al perro, se informó por las fuerzas de seguridad de que el juez tiene que hacer diligencias y, entretanto, no se le pueden retirar el perro al indigente. Es decir, puede suceder que cuando terminen las diligencias el perrito, al que se sigue maltratando, este muy malherido o, incluso, muerto.

¿Acaso la ley española de defensa de los animales y de lucha contra su maltrato, no establece la reiterada del animal en caso de maltrato?

Esta visto que en España, en el caso de las personas y de los animales, la justicia es muy lenta, tiene pocos medios y cuando llega, si llega, puede ser demasiado tarde.

El ejecutivo, legislativo y judicial, las fuerzas políticas que deciden, los medios de comunicación, los diferentes emisores, las instancias de encarnación y socialización de valores, los agentes y las fuerzas sociales preocupadas por el bien común deberían de tener en cuenta lo que esta sucediendo en toda España, local, provincial, autonómica y nacionalmente, en materia de seguridad de las personas, de la propiedad, de los bienes públicos y privados, de maltrato de las personas y los animales, de respeto y saber estar de forma responsable y civilizada en los espacios públicos con y sin animales, en materia de orden público y de ocupación de la vía y espacios públicos y privados, de violencia (material, inmaterial, contaminación, etc.), de hooliganismo rural y urbano, de gamberrismo, de delincuencia, de traficantes, de mafias pequeñas, medianas y grandes, etc.

Las autoridades deberían de tener en cuenta la alarma social que hay, incluso en las aldeas y pueblos mas pequeños, frente a la violencia (incluida la que sufren los animales), el hooliganismo, el gamberrismo, la inseguridad de las personas y los bienes.

Ante la alarma social generada por la inseguridad y la violencia, las autoridades deberían actuar en consecuencia, con una justicia y fuerzas de seguridad bien dotadas, rápidas, eficientes, honradas y competentes, para, entre otras cosas, poner fin a dicha alarma social en materia de seguridad y orden público, al gravisimo desprestigio de la justicia (es una de las instituciones peor valoradas en España por no decir la peor), pues, sin justicia justa y fuerzas de seguridad honradas, bien dotadas y competentes que velen con eficacia por el orden público y la seguridad no hay democracia con garantías y principios, democracia segura y de juego limpio, con critica y justicia justas, con autoridad y seguridad responsables.

Articulo 29 de la Declaración Universal de Derechos Humanos: 1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que solo en esta puede desarrollar libre y permanentemente su personalidad. 2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respecto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.

La Constitución española de 1978, que comienza así: La nación española, deseando establecer la justicia, la libertad y la seguridad y promover el bien de cuantos la integran, tiene el Titulo I que se titula: De los derechos y deberes fundamentales. Parafraseando al gran liberal español Gregorio Marañon: El mal que aqueja a España es la hipertrofia (exceso) de derechos y la atrofia (la falta, defecto) de deberes. El gran católico francés François-René de Chateaubriand (Saint Malo 1768- París 1848), vizconde de Chateaubriand: Debemos defender la moral del deber frente a la moral de los intereses a cualquier precio.

Es preciso, se debe actuar cuanto antes, las autoridades deben hacerlo para evitar que continúe el maltrato al perrito de Ribadeo.

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